
Nos ponemos en ello. Sólo
recordaros que debéis tener en cuenta los requisitos que tratamos la semana
pasada (que la vivienda tenga la tarifa Eléctrica PVPC, con una potencia igual
o inferior 10kW y encontrarse entre los tres grupos de clientes reconocidos).
Los descuentos del 25% y 40% del
total de la factura están sujetos a un límite del consumo de energía, a partir
de ese límite se aplicará la tarifa PVPC sin descuento. Vamos a ver cuáles son
en cada caso:
-Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
-Familias numerosas: 3600 kWh
al año.
-Consumidores sin menores a cargo: 1200 kWh al año.
-Consumidores con menores a cargo: 1680kWh al año.
-Consumidores con dos menores a cargo:
2040kWh al año.
A continuación, os mostramos como tenéis que solicitar el Bono Social. Tened en cuenta que sólo el titular del punto
de suministro puede solicitar el bono. Pero si no sois los titulares os dejamos
otro enlace donde encontraréis la documentación necesaria `para poder
solicitarlo.
Y recordada que vuestra tarifa
eléctrica tiene que estar en el mercado
regulado, es decir, Tarifa PVPC.
Documentación que tenéis que presentar. Si aportáis la última factura de la luz agilizaréis los trámites.
DOCUMENTACIÓN
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CONSUMIDOR
VULNERABLE/ VULNERABLE SEVERO
|
DÓNDE
CONSEGUIR EL DOCUMENTO
|
Formulario Bono Social
Cumplimentado y firmado por toda la unidad
familiar.
|
Sí
|
En la web de tu compañía eléctrica
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Fotocopia del NIF o NIE
Del titular del punto de luz y de todos los miembros de
la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y
los menores de 14 años que dispongan de él.
|
Sí
|
|
En el
caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de
familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada
uno de los integrantes de la unidad familiar.
En caso de no formar parte de una unidad familiar, hoja individual del
Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad
competente que acredite el estado civil del solicitante.
|
Sí
|
|
Certificado de empadronamiento, individual
o conjunto, del titular y de los todos los miembros de la unidad familiar.
|
Sí
|
|
Fotocopia
del título de familia numerosa en vigor.
|
Sólo necesario en caso de familias numerosas.
|
|
Certificado de
los Servicios Sociales del órgano
competente, o del que designe la Comunidad Autónoma, que acredite
Circunstancias Especiales: discapacidad igual o mayor al 33%, víctima de
violencia de género o víctima de terrorismo.
|
Sólo
necesario en caso de cumplir circunstancias especiales.
|
|
Si te encuentras en el País Vasco
o Navarra tendrás que aportar también la Declaración de la Renta o Certificado
de Imputaciones de cada uno de los miembros de la unidad familiar. Y si eres
familia numerosa sólo tendrás que aportar esta documentación en el caso de
cliente vulnerable severo.

Cuando tengáis toda la documentación
podéis presentarla bien en la compañía
eléctrica con la que tengáis contratado el suministro.
Para los que tengáis el antiguo
Bono Social, tenéis que solicitar el nuevo, porque en octubre del 2017
cambiaron algunos requisitos.
Y como lo prometido es deuda ahí
van las dos sorpresas que os comentábamos al principio. Con el Bono Social de
Electricidad podéis tener la factura de electricidad más clara, donde podéis
ver que la electricidad consumida es igual al precio de la energía más
impuestos y peajes sin que incluir nada más. Y la segunda sorpresa es que quien
tenga el Bono Social de Electricidad tiene un periodo más largo para poder pagar
la factura impagadas (4 meses desde la primera notificación de impago).
Por si queréis tener todos los
detalles sobre el Bono Social de Electricidad os dejamos los siguientes
enlaces:
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